Quejas de los Civiles (Español)

Este formulario es solo para quejas relacionadas con el personal del Departamento de Policía.

Todas las necesidades de servicio policial deben informarse al 911 en caso de emergencia, o al (760) 839-4722 para necesidades que no sean de emergencia.

 

Las disposiciones de la Sección 148.6 del Código Penal (PC) establecen, en parte, que cualquier agencia de aplicación de la ley que acepte una acusación de mala conducta contra un oficial de paz requerirá que el demandante lea y firme el siguiente aviso:

"Usted tiene el derecho de presentar una queja en contra de un oficial de policía con motivo de cualquier conducta inapropiada. La ley de California requiere que esta agencia cuente con un procedimiento para la investigación de quejas de los civiles. Usted tiene el derecho a una descripción por escrito de este procedimiento. Esta agencia podría concluir, después de una investigación, que no hay pruebas suficientes como para que se amerite tomar acción respecto de su queja; sin embargo, aun en tal caso, usted tiene el derecho de presentar su queja y que ésta sea investigada si usted cree que un oficial se comportó de manera indebida. Las quejas de los civiles y cualquier determinacion o informes relacionados con las quejas deben ser conservados por esta agencia por lo menos cinco años.

Es contra la ley presentar una declaración que usted sepa que es falsa. Si usted presenta una declaración falsa, involucrando a un oficial, sabiendo que es falsa, usted podrá ser procesado penalmente con cargos de delito menor."